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CDMX

Reforma al código penal que tipifica la corrupción inmobiliaria como delito

El Jefe de Gobierno, Martí Batres, aseguró que el objetivo es sancionar a los servidores públicos que permitan o toleren la construcción de inmuebles o pisos adicionales fuera de la ley, además de inhibir a grupos como el “cártel inmobiliario” de la Alcaldía Benito Juárez, del que ya hay 4 personas sentenciadas que aceptaron su culpabilidad.

Explicó que el artículo 276 Quater establece que lo comete el servidor público que, por acción u omisión, permita o tolere la construcción de inmuebles o la edificación de pisos adicionales a los autorizados, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley.

Expuso, como caso de referencia, el “cártel inmobiliario” de Benito Juárez, que involucra a ex servidores públicos de la alcaldía, familiares y socios, quienes de manera organizada participaron en construcciones ilegales a través de dos modus operandi: la autorización de pisos de más a cambio de dinero en efectivo o departamentos en dichas construcciones, y la conformación de empresas en el mercado inmobiliario para otorgarse ellos mismos los permisos para las obras.

Precisó que el Gobierno capitalino detectó en año y medio 130 obras irregulares con pisos de más, relacionadas con este grupo en la demarcación, e incluso, en días recientes, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) identificó otras cuatro obras con pisos excedentes. Tras las indagatorias, dijo, hay 12 órdenes de aprehensión autorizadas por jueces, además de nueve detenidos, cuatro personas que se dieron a la fuga, y cuatro con sentencia quienes aceptaron su responsabilidad.

Por su parte, el coordinador general de Investigación Territorial, en suplencia de la persona Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ CDMX), Ulises Lara López, explicó que, de acuerdo con la Reforma al Código Penal, a quien incurra en el delito de corrupción inmobiliaria se le impondrá una pena de entre 10 y 20 años de prisión, con independencia de las otras sanciones que procedan por la comisión de otro tipo de delitos, como enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.

La pena incrementará en una mitad cuando las conductas de corrupción inmobiliaria produzcan beneficios económicos, ya sea en efectivo o en especie al propio servidor público, su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, concubina o concubinario, pareja permanente, adoptante o adoptado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa o a socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas, formen parte.

Recordó que la FGJCDMX comprobó la existencia de una red de corrupción en el sector bienes raíces, en la Alcaldía Benito Juárez, que al tolerar la construcción de pisos excedentes, derivó en ganancias adicionales a desarrolladores inmobiliarios, quienes devolvieron favores mediante la cesión o venta de departamentos a precios de remate, a través de transacciones a prestanombres y familiares de servidoras y servidores públicos de esa demarcación.

En tanto, el secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), Inti Muñoz Santini, aseguró que esta tipificación permite a vecinas y vecinos defenderse y denunciar cuando servidores públicos autoricen obras o desarrollos inmobiliarios sin apego a la normatividad.

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